jueves, 29 de noviembre de 2007

Derechos Humanos de la Tercera Generación

Se denominan derechos colectivos de la humanidad o derechos de las nuevas generaciones. El Profesor mexicano Héctor Fix-Zamudio los denomina derechos difusos y los define como aquellos "derechos subjetivos e intereses legítimos que pertenecen a personas indeterminadas y a diversos grupos sociales distribuidos en varios sectores, y que se refieren a ámbitos como el consumo, el medio ambiente, el patrimonio de la humanidad, entre otros".
En este grupo se clasifican el derecho a la paz, el derecho a la calidad de los bienes, productos y servicios comerciales, el derecho a gozar de un ambiente sano, el derecho al espacio público, etc.
En nuestra Constitución, el Capítulo 3 trata de los Derechos Colectivos y del Ambiente. Este capítulo comprende el derecho a un ambiente sano (art. 79); el derecho al espacio público (art. 82); así mismo se halla el control de calidad y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad (art. 78); y el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales (art. 80).

Derechos Culturales

Se refieren a la libertad y la posibilidad de participar en la vida cultural de la comunidad: recibir educación, disponer de información, disfrutar del arte, conocer y contribuir en los avances científicos.
A partir de lo que se sabe, se puede pensar; El manejo del lenguaje, el conocimiento de los derechos fundamentales, la comprensión de conceptos económicos o políticos permiten pesar sobre la realidad y ejercer la libertad de opinar o actuar con autonomía frente a las diversas situaciones que ella nos plantea.

Derechos Culturales

Se refieren a la libertad y la posibilidad de participar en la vida cultural de la comunidad: recibir educación, disponer de información, disfrutar del arte, conocer y contribuir en los avances científicos.
A partir de lo que se sabe, se puede pensar; El manejo del lenguaje, el conocimiento de los derechos fundamentales, la comprensión de conceptos económicos o políticos permiten pesar sobre la realidad y ejercer la libertad de opinar o actuar con autonomía frente a las diversas situaciones que ella nos plantea.

Derechos Sociales

Tienden a asegurar a todos los ciudadanos un mínimo de calidad de vida que les permita desarrollarse en sociedad con plenitud. El derecho a la atención medica, a una jornada laboral limitada, a una jubilación, son algunos ejemplos de esta gama de derechos.

Derechos Políticos

Los derechos políticos permiten la participación de la población en el ejercicio del poder político. A las condiciones exigidas.
Esas condiciones son: toda persona tenga el derecho de acceso a las funciones publicas de su país, y el derecho de elegir a los representantes, es decir, que la voluntad del pueblo se expresa mediante elecciones autenticas celebradas periódicamente, por sufragio universal u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
En la segunda Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, se dieron cita a todas las fuerzas interesadas en la vigencia de esos derechos.
La conferencia hizo hincapié en la relaciones que existen entere el respeto de los derechos humanos, desarrollo económico y social y la participación de los individuos en los asuntos públicos. Una alfabetización y una educación garantizadas permiten contar con un electorado mas maduro e informado así como con grupos y asociaciones organizados de forma autónoma, capaces de defender sus intereses y de pronunciarse en contra de la in
jerencia del poder estatal o económico.

Derechos Civiles

La democracia fue concebida como una forma de establecer límites al poder del Estado. Los ciudadanos eligen a los gobernantes, la democracia se basa en la privacidad de la vida de las personas, el gobierno no tiene derecho a intervenir.
Están comprendidos los derechos a la libertad individual, a la seguridad, a la libertad de pensamiento y conciencia, a la libertad de expresión y a la libertad de reunión y a asociación.
El derecho a la libertad individual debe proteger la libertad de todos los ciudadanos.

Derechos y Garantías

Cuando Hablamos de "el derecho", nos referimos al conjunto de normas jurídicas.
De este conjunto de normas jurídicas, es decir, "el derecho", surgen las garantías de la gente, que también están regulados en aquel.
Entonces no es lo mismo decir "La facultad de Derecho" o el "el Derecho Argentino" que "nosotros tenemos derecho a un salario digno". Que integra el conjunto de normas jurídicas de nuestro país, o sea, lo que dominamos "Derecho argentino".
Es decir el derechos el lo protegido y la garantía es la protectora.